martes, 3 de abril de 2018

El deber de información a los consumidores antes y después del Decreto 27/2018


El deber de información a los consumidores, antes y después del dec. 27/2018.

Por Agustín Bender, Publicado el 15/02/2018 en Eldial.com - DC24A3i
Recordemos que el art. 4 de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor establece que:
El proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización.”
Y que el art. 1100 del Civil y Comercial amplia este deber a todo lo relacionado a “las condiciones de su comercialización y toda otra circunstancia relevante para el contrato.”
La ley 27250 promulgada el 8/6/16 había agregado al art. 4 de la ley 22.240 la siguiente obligación:
La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión. Solo se podrá suplantar la comunicación en soporte físico si el consumidor o usuario optase de forma expresa por utilizar cualquier otro medio alternativo de comunicación que el proveedor ponga a disposición.”