(Un artículo de doctrina basado en este post fue publicado recientemente en ElDial.com)
El presente es el primer post de una serie donde pretendo organizar y analizar las tasas de interés que aplican los magistrados nacionales y de la Provincia de Buenos Aires.
El presente es el primer post de una serie donde pretendo organizar y analizar las tasas de interés que aplican los magistrados nacionales y de la Provincia de Buenos Aires.
Por un lado están las tasas
que se aplican de forma supletoria, ante la
falta de pacto expreso entre las partes. Por otro están las tasas
máximas que "toleran" los magistrados en los contratos, en función de
límites morales, para evitar la usura.
En esta primera entrega se
exponen las tasas máximas que se admiten en el fuero civil de la
Nación (Capital Federal) para ejecuciones en dólares. Cada caratula tiene link al fallo completo.
SALA
|
Interés anual
|
Fecha
|
Moneda
|
Fallo
|
Expte
|
A
|
6%
|
3/9/2014
|
USD
|
109789/2012
|
|
B
|
8%
|
28/4/15
|
USD
|
51538/2013
|
|
C
|
8%
|
26/5/15
|
USD
|
24306/2014
|
|
D
|
15%
|
11/5/15
|
USD
|
68978/2007
|
|
E
|
4%
|
27/11/13
|
USD
|
80985/2013
|
|
F
|
6%
|
10/8/15
|
USD
|
92892/2013
|
|
G
|
8%
|
16/6/2015
|
USD
|
46172/2014
|
|
H
|
12%
|
27/12/13
|
USD
|
81311/2011
|
|
I
|
9%
|
24/4/14
|
USD
|
058303/2013
|
|
J
|
8%
|
20/8/2015
|
USD
|
23575/2015
|
|
K
|
6%
|
30/4/2015
|
USD
|
047896/2014
|
|
L
|
8%
|
29/6/15
|
USD
|
61212/2013
|
|
M
|
6%
|
24/4/14
|
USD
|
94725/2013
|
|
Promedio
|
8,00%
|
USD
|
Estas tasas máximas tienen
la particularidad de ser siempre tasas positivas, ya que al
mantenerse el crédito en moneda fuerte, evitan la licuación del crédito producto de la devaluación del peso argentino.
Sea cual fuera la tasa de
interés pactada por las partes, los tribunales la morigeran
(limitan) en promedio al 8%, aunque según donde caiga el juicio
puede tocar la tasa del 4% (Sala E) o del 15% (Sala D).
En hipotecas privadas en
dólares, generalmente no bancarias, suelen pactarse tasas de interés
compensatorio que van del 8 al 24% anual (tomemos en promedio el 16%)
en dólares, con más otro tanto igual de interés punitorio en caso
de incumplimiento. Muchos prestamistas además entregan sumas menores
a las que hacen figurar en los contratos, cobrando de antemano y en
negro, comisiones e intereses adicionales que saben no prosperarían
en la justicia.
Si en un juicio que duró 5 años, el deudor reclama un capital de USD 100.000 más USD 160.000 de intereses (16% anual de interés compensatorio más 16% anual de interés punitorio por 5 anos), es decir un total de USD 260.000, la justicia Civíl dirá (a pedido del deudor normalmente) y por una regla moral imprecisa, que los intereses pactados son abusivos y fijará la tasa "máxima".
En dicho ejemplo, si toca el criterio moral de la Sala "D" el acreedor cobrará en total USD 175.000 y si toca el criterio moral de la Sala "E" cobrará USD 120.000, pero en promedio (antes de saber que Sala toca), puede estimar cobrar aproximadamente USD 140,000 que corresponden a la tasa promedio del fuero en USD del 8%.
En dicho ejemplo, si toca el criterio moral de la Sala "D" el acreedor cobrará en total USD 175.000 y si toca el criterio moral de la Sala "E" cobrará USD 120.000, pero en promedio (antes de saber que Sala toca), puede estimar cobrar aproximadamente USD 140,000 que corresponden a la tasa promedio del fuero en USD del 8%.
Esto es algo que se repite
sistemáticamente. Casi todas las hipotecas privadas contemplan
intereses que superan las "Tasas máximas" del fuero civil.
La mayoría de las hipotecas se pagan en término, sin llegar a la
justicia, aplicando las tasas pactadas, que superan la regla moral de
los jueces civiles aunque las que llegan a la justicia se ven
beneficiadas con reducción de los intereses.
1 comentario:
Excelente investigación. Muy clarificadora para los que litigamos. Disipa mitos y fantasmas y nos cuenta la realidad del fuero tal cuales. Sería bueno que los jueces de primera leyesen esto y así se evitarían apelaciones innecesarias.
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