miércoles, 21 de junio de 2017

CEDULAS DE NOTIFICACION PARA MEDIACIÓN. INSTRUCTIVO DE CONFECCIÓN Y DILIGENCIAMIENTO.

Por la Dra. Laura Y. Brestolli (@laubrestolli)
Hace poco, como consecuencia de una mediación con más de 20 demandados, tuve la oportunidad de explorar más acerca de la tramitación de cédulas de notificación de mediaciones, muy útiles a la hora de ahorrar dinero ya que son considerablemente más económicas ($3) que las Cartas Documento ($296) y que a mi me brindan más seguridad que las cartas documento de empresas no autorizadas por la CNC como FastMail, etc. Lamentablemente sólo pueden utilizarse en las mediaciones "públicas" que se sortean en Cámara.
Ante la falta de un instructivo claro sobre los pasos a seguir en la confección y diligenciamiento de este tipo de cédulas, que tienen características peculiares, me pareció una buena idea compartir lo aprendido con mis colegas, a modo de instructivo o tutorial.

Instructivo:

1.             La cédula se confecciona sobre el modelo que se baja de la página del Colegio de Abogados o de Mediadores:
2.             Se debe acompañar copia del resultado del sorteo de la mediación, todas las fojas adjuntas deben estar firmadas por el letrado mediador.
3.             No olvidar que se debe agregar en alguna parte del formulario a los autorizados a retirarla de la oficina de notificaciones una vez diligenciada (en el modelo no se incluyen los autorizados) y en cuantas fojas se acompaña el adjunto.
4.             Cada cédula lleva 3 estampillas de $1, que se compran en el Palacio de Justicia, en el Banco Ciudad que está en PB, y también pueden adquirirse en el Colegio de Procuradores de la Ciudad de Buenos Aires que se encuentra en el subsuelo del mismo Palacio, oficina 1070 (que recomiendo porque nunca hay fila).
5.             Las cédulas se llevan por triplicado a las oficinas de Jean Jaures casi Av. Corrientes, CABA, antes de las 12.30hs de lunes a viernes
6.             Para pegar las estampas, sugiero que lleven pegamento.
7.             Se dejan las cédulas y se las pasa a retirar en 10 días corridos con el comprobante que te dan en mesa.
Espero esta información les sea de utilidad.

2 comentarios:

Unknown dijo...

Estimados, buena información!. ¿Este método sirve para las mediaciones privadas y públicas no?. ¿Se puede notificar de esta forma a requeridos en extraña jurisdicción? (tipo cédula ley, a través de alguna gestoría por ejemplo).

Saludos,

Agustin Bender dijo...

Solo para mediaciones "públicas". Sorteadas en Cámara. Ahí lo aclaramos. Gracias.