El artículo primero de dicha ley
aclara que la divulgación a terceros que se encuentra prohibida es la que fuera
contraria a los usos comerciales honestos, considerando contrario a los usos
comerciales honestos “…el incumplimiento
de contratos, el abuso de confianza y la instigación a la infracción…”
En consecuencia, de acuerdo a la
normativa vigente, un remitente podría divulgar -ofreciendo como prueba en
juicio- correspondencia confidencial cuando tuviera causa justificada o cuando
lo hiciera conforme a los usos comerciales honestos, para obtener el
cumplimiento de un contrato, evitar un abuso de confianza o la instigación de
una infracción.
El proyecto de Código Civil y
Comercial de la Nación, amplía la protección a la información confidencial
cuando la misma es enviada a través de la correspondencia -electrónica o no-;
en su artículo 318, contiene una restricción para la presentación como prueba
de correspondencia confidencial,
obligando:
1.
Al destinatario, a obtener el consentimiento del
remitente.
2.
A los terceros, a obtener el consentimiento del
remitente y del destinatario.
El proyecto no hace excepciones ni brinda una cláusula de escape como la
causa justificada o los usos comerciales honestos de la 24.776,
lo cual parecería excesivo en casos donde el destinatario considere necesario ofrecer
como evidencia correos que aleguen ser confidenciales, para resolver un litigio
con el remitente.
Sin embargo, una interpretación armónica del art. 318 y de la ley 24.766
aconsejaría admitir las cláusulas de escape de esta última para la presentación
como prueba de correspondencia ya que:
1. El carácter confidencial o no de la correspondencia debe evaluarse
conforme a las pautas de la ley 24.766 que define los requisitos para que la información
pueda ser considerada confidencial, aplicándosele asimismo sus excepciones.
2. No existe ningún motivo apreciable para reconocer mayor protección a
la correspondencia confidencial que a
la información confidencial compartida o registrada por cualquier otro medio.
Aún así, existe el riesgo de una interpretación literal del texto del proyecto que de lugar a interpretaciones injustas.
Aún así, existe el riesgo de una interpretación literal del texto del proyecto que de lugar a interpretaciones injustas.
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